INFORMACIÓN IMPORTANTE
- Los precios, fotografías, planos y datos mostrados son meramente orientativos con el fin de ofrecer información y quedan pendientes de la calificación definitiva.
- * El precio mensual mostrado solo incluye la renta de la vivienda y anejos, garaje y trastero. No incluye gastos de comunidad, ni suministros o consumos (particulares o colectivos).
- La inscripción no reserva ni garantiza la adjudicación de la vivienda.
- NO SE REALIZA NINGUNA GESTIÓN A TRAVÉS DE ESTE SITIO WEB O SUS FORMULARIOS DE CONTACTO.
- PARA HACER CONSULTAS Y PARTICIPAR EN EL PROCESO DE SELECCIÓN ACCEDE DESDE alquilerasequiblezaragoza.com.
EL EDIFICIO
En el edificio Mercurio se ofrecen 18 viviendas de alquiler asequible de 1 y 2 dormitorios; una de ellas, en planta baja y de 2 dormitorios, adaptada para personas con movilidad reducida (PMR).
Las 9 plazas de aparcamiento anejas a las viviendas se encuentran en la planta semisótano y, los trasteros anejos a cada una de las viviendas se encuentran distribuidos entre las plantas semisótano y baja.
Las viviendas están diseñadas para ofrecer comodidad y excelente iluminación natural. Cuentan con cocina integrada en el salón, y con recorrido accesible para PMR a, al menos, un baño y un dormitorio.
El edificio es altamente eficiente en cuanto a demanda de energía (certificado energético A). Dispone de ventilación mecánica controlada centralizada, climatización individual y agua caliente colectiva por aerotermia con contador individual, además de placas solares fotovoltaicas en la cubierta para disminuir la demanda, y por tanto, el coste de suministro.
Los espacios comunes se conciben y diseñan para la convivencia y disfrute de los inquilinos, y estarán protegidos por videovigilancia y control de accesos.
REQUISITOS Y CONDICIONES
- Ser mayor de edad o estar emancipado legalmente. En el momento de la inscripción, deberás mayor de edad o ser una persona menor de edad legalmente emancipada.
- Tener necesidad de vivienda, ni los candidatos, ni ningún otro miembro de la unidad de convivencia, deben ser propietarios de otra vivienda, ni tener en arrendamiento una vivienda de VPA (salvo excepciones conforme establece el artículo 21 del Decreto 211/2008 de 4 de noviembre del Gobierno de Aragón).
- Residencia habitual y permanente, la vivienda debe destinarse a ser el domicilio habitual y permanente del arrendatario y su unidad de convivencia y tendrán que ser ocupadas en el plazo de nueve meses desde la calificación definitiva.
- Ingresos unidad convivencia, los ingresos ponderados de la unidad de convivencia no deben superar un máximo de 4,5 veces el IPREM. Actualmente para una unidad familiar con 1 único miembro el límite estaría en 42.000 euros y para dos miembros o más estaría en 54.000 euros (Según el último IPREM).
- No haber incumplido obligaciones anteriores, ni con la Hacienda Estatal, Autonómica o local, ni con la Seguridad Social.
- Estar empadronado en Aragón, a excepción de las personas a las que se refiere el artículo 7 de la Ley 5/2000 del 28 de noviembre.
- Cumplir con los criterios de adecuación a la unidad de convivencia.
- El importe de la renta anual a abonar no puede exceder del 30% de los ingresos anuales brutos de la unidad de convivencia.
- Se pedirá un mes de fianza y un depósito adicional de dos meses que deberá estar ingresados en el momento de la firma del contrato de alquiler.
RECUERDA: NO SE REALIZA NINGUNA GESTIÓN A TRAVÉS DE ESTE SITIO WEB O SUS FORMULARIOS DE CONTACTO.
PARA HACER CONSULTAS y PARTICIPAR EN EL PROCESO DE SELECCIÓN ACCEDE DESDE alquilerasequiblezaragoza.com.
La inscripción no supone en ningún caso la reserva de la vivienda.
